- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona encargada de la Unidad de Servicios Informáticos tiene varias tareas específicas, además de las que ya dice el Código. Entre ellas, debe dar el servicio de un administrador para la capacitación en línea y el apoyo técnico para que funcione bien. También tiene que cuidar los sitios de internet, intranet (red interna) y transparencia del Tribunal, y ayudar a las áreas a publicar información según las leyes. Otra de sus funciones es apoyar en la transmisión en vivo de sesiones públicas y eventos importantes, y proponer reglas para proteger la información, manteniéndola segura, privada y disponible solo para quien debe tener acceso. Por último, debe revisar y actualizar el plan de tecnología, seguridad y comunicaciones electrónicas del Tribunal para presentarlo al Pleno (la máxima autoridad) y que lo aprueben.
Texto oficial
Artículo 78. Además de las atribuciones conferidas en el Código, la persona titular de la Unidad de Servicios Informáticos tiene las siguientes: I. Proveer los servicios de un administrador de contenidos para la capacitación en línea, así como el apoyo técnico necesario para su operación; II. Administrar la infraestructura de los sitios de Internet, Intranet y Transparencia del Tribunal y proporcionar a los diferentes órganos o áreas del Tribunal, los medios para la publicación de la información, de acuerdo a las leyes, reglamentos y normativa que el Tribunal debe cumplir; III. Coordinar, con la Secretaría Administrativa, la sistematización de los procesos administrativos, así como la actualización y mantenimiento de los sistemas administrativos existentes; IV. Apoyar a la Coordinación de Comunicación Social y Relaciones Públicas en la transmisión en vivo y bajo demanda, de las sesiones públicas del Pleno y/o eventos institucionales que sean requeridos para su difusión a través de Intranet e Internet, mediante la infraestructura de Telecomunicaciones del Tribunal; V. Identificar, planificar, proponer, desarrollar, controlar y gestionar las políticas, lineamientos, procedimientos y acciones, con el fin de reducir los riesgos operativos, mejorar la seguridad de la información, manteniéndola dentro de un ambiente de confidencialidad, integridad y disponibilidad, así como definir e implementar los mecanismos y controles de acceso a los servicios y recursos informáticos. Coordinar su implementación, así como los mecanismos de supervisión y monitoreo con los órganos y/o áreas del Tribunal, y; VI. Evaluar, actualizar, elaborar y someter a consideración del Pleno el Plan Estratégico de Tecnologías de Información, Seguridad y Comunicaciones Electrónicas del Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.