- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 135
Artículo 135 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género es un área del tribunal que se encarga de tratar todos los casos que el Presidente o la Directora General le asignen, siempre relacionados con derechos humanos y género. Para hacer su trabajo, debe seguir lo que dicen la Constitución de México, los tratados internacionales, la Constitución de la Ciudad de México y otras leyes. Su objetivo es crear acciones para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Esto lo hace basándose en cuatro principios: que los derechos son para todas las personas (universalidad), que están conectados entre sí (interdependencia), que no se pueden separar (indivisibilidad) y que siempre se deben mejorar (progresividad).
Texto oficial
Artículo 135. La Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género, debe atender todos los asuntos que le encomiende el Presidente del Tribunal y la Directora General o Director General en estas materias, conforme a la Constitución General, Tratados Internacionales, la Constitución Política de la Ciudad de México, y demás disposiciones legales aplicables, para generar acciones en la promoción respeto, protección y garantía de los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.