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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
139

Artículo 139 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que ciertos puestos del Tribunal están sujetos a un reglamento especial llamado Estatuto del Servicio Civil de Carrera Jurisdiccional. Los puestos que aplican son: los Secretarios Generales de Acuerdos I y II, el Secretario General de Acuerdos Adjunto de la sección de Responsabilidades Administrativas, el Secretario General de Compilación y Difusión, el de Atención Ciudadana, los Secretarios de Estudio y Cuenta (que son los que analizan los casos), los Secretarios de Acuerdos de cada Sala y los Actuarios (que son los que notifican las decisiones). En pocas palabras, son los trabajadores que tienen cargos de secretaría y actuación dentro del Tribunal.

Texto oficial

Artículo 139. Para los efectos de este Reglamento, son personas servidoras públicas sujetas al Estatuto del Servicio Civil de Carrera Jurisdiccional del Tribunal: las Secretarias y los Secretarios Generales de Acuerdos I y II; la Secretaria o Secretario General de Acuerdos Adjunto de la Sección Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas, la Secretaria o Secretario General de Compilación y Difusión, la Secretaria o Secretario General de Atención Ciudadana, las Secretarias o Secretarios de Estudio y Cuenta jurisdiccionales y especializados, las Secretarias o Secretarios de Acuerdos de Salas Ordinarias jurisdiccionales y especializados y las Actuarias o Actuarios.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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