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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
63

Artículo 63 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la justicia no se retrase, cada Jueza o Juez de las Salas Ordinarias (las que llevan los casos normales y una especial) va a proponer a la Junta (el grupo que toma decisiones) el nombre de su primer Secretario o Secretaria de Acuerdos. Esta persona podrá reemplazar al juez de inmediato si él o ella pide permiso o falta por un tiempo. La Junta decidirá si acepta la propuesta y lo publicará en el sitio web del Tribunal.

Texto oficial

Artículo 63. Para evitar la dilación en la administración de justicia, las Magistradas o los Magistrados de las Salas Ordinarias tanto jurisdiccionales como especializada, propondrán a la Junta el nombre de quien designen como primera Secretaria o primer Secretario de Acuerdos que podrá suplirlo de inmediato en caso de licencia o falta temporal; la Junta acordará lo procedente y lo publicará en la página de Internet del Tribunal.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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