- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 63
Artículo 63 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que la justicia no se retrase, cada Jueza o Juez de las Salas Ordinarias (las que llevan los casos normales y una especial) va a proponer a la Junta (el grupo que toma decisiones) el nombre de su primer Secretario o Secretaria de Acuerdos. Esta persona podrá reemplazar al juez de inmediato si él o ella pide permiso o falta por un tiempo. La Junta decidirá si acepta la propuesta y lo publicará en el sitio web del Tribunal.
Texto oficial
Artículo 63. Para evitar la dilación en la administración de justicia, las Magistradas o los Magistrados de las Salas Ordinarias tanto jurisdiccionales como especializada, propondrán a la Junta el nombre de quien designen como primera Secretaria o primer Secretario de Acuerdos que podrá suplirlo de inmediato en caso de licencia o falta temporal; la Junta acordará lo procedente y lo publicará en la página de Internet del Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.