- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 76
Artículo 76 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica de la Junta (la oficina encargada de organizar estos asuntos) debe, antes de que empiecen las vacaciones, avisarles a los tribunales federales (juzgados del gobierno federal) sobre cuándo serán esos periodos vacacionales y quién será el magistrado o la magistrada que va a trabajar durante las vacaciones (la “guardia”). Además, esa misma Secretaría tiene que publicar este aviso en la página de internet del Tribunal para que todos lo sepan.
Texto oficial
Artículo 76. La Secretaría Técnica de la Junta, previo al periodo vacacional, realizará las acciones necesarias a efecto de que los tribunales federales, queden debida y oportunamente informados acerca de estos periodos, así como de las funciones de la Magistrada o el Magistrado a cargo de la correspondiente guardia. Igualmente, la Secretaría Técnica de la Junta, ordenará se publique el aviso de la guardia en la página de Internet de este Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.