- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 97
Artículo 97 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en una auditoría o revisión se encuentran pruebas de que algún funcionario o empleado del Tribunal hizo algo ilegal o descuidó sus obligaciones, y eso afectó el dinero o el buen funcionamiento de la institución, entonces el Órgano Interno de Control (que es como el departamento que vigila que todo se haga bien) tiene que investigar y actuar. Para eso, debe seguir las reglas que le da la ley, específicamente lo que dice el artículo 60, fracción X de la Ley Orgánica, y también lo que marca la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. En pocas palabras, si detectan una falta grave, el Órgano Interno de Control está obligado a iniciar un proceso para sancionar a los responsables.
Texto oficial
Artículo 97. Si de las evaluaciones o auditorías practicadas, se derivaren señalamientos de irregularidades u omisiones que lesionen el patrimonio del Tribunal o vulneren el cumplimiento de la legalidad y reglamentación, por parte de funcionarias o funcionarios y empleadas o empleados en el desempeño de sus funciones, el Órgano Interno de Control deberá actuar conforme a la atribución dispuesta en el artículo 60, fracción X de la Ley Orgánica, y conforme a las disposiciones de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Sección III DE LA COMPETENCIA DE LAS SUBCONTRALORÍAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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