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Ley
Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
100

Artículo 100 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La supervisión, evaluación y monitoreo de cualquier proceso o actividad deben hacerse con base en seis reglas básicas: que sea útil y adecuado para lo que se busca, que lo haga alguien capacitado, que sea imparcial y sin favoritismos, que la persona encargada tenga buena reputación, que se trate a todos por igual y que se usen bien los recursos sin desperdiciarlos.

Texto oficial

Artículo 100. La supervisión, evaluación y monitoreo se regirán por los principios de pertinencia, competencia, objetividad, honorabilidad, equidad y eficiencia.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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