- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 100
Artículo 100 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La supervisión, evaluación y monitoreo de cualquier proceso o actividad deben hacerse con base en seis reglas básicas: que sea útil y adecuado para lo que se busca, que lo haga alguien capacitado, que sea imparcial y sin favoritismos, que la persona encargada tenga buena reputación, que se trate a todos por igual y que se usen bien los recursos sin desperdiciarlos.
Texto oficial
Artículo 100. La supervisión, evaluación y monitoreo se regirán por los principios de pertinencia, competencia, objetividad, honorabilidad, equidad y eficiencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.