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Ley
Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
102

Artículo 102 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro va a revisar qué tan bien trabajan los mediadores y facilitadores públicos (las personas que ayudan a resolver conflictos sin ir a juicio) y detectar en qué pueden mejorar con cursos y apoyo. Para eso, va a vigilar cómo se dan las mediaciones y otros métodos para resolver problemas. También va a checar que los mediadores usen bien las técnicas y aprendan nuevas que puedan compartir entre ellos. Además, va a asegurarse de que tomen los cursos de capacitación y detectar si algún mediador necesita apoyo psicológico por el estrés de tratar con conflictos de otras personas. Por último, va a hacer diagnósticos y sugerencias para mejorar su trabajo; para evaluar a los mediadores privados se siguen las reglas especiales que ya existen.

Texto oficial

Artículo 102. A efecto de evaluar la calidad del desempeño de los mediadores y facilitadores públicos en el servicio y las áreas de oportunidad para la capacitación, el Centro ejercerá las siguientes tareas: Supervisar la conducción del servicio de mediación, así como de los diversos mecanismos alternativos de solución de controversias contemplados en la Ley Nacional; Evaluar la aplicación de las técnicas de mediación empleadas y la inclusión de nuevas en su práctica, para que sean seguidas por los demás mediadores; Constatar el aprovechamiento de los programas de capacitación continua y actualización; Detectar las necesidades de apoyo psicológico de los mediadores y facilitadores cuando, por su permanente contacto con el conflicto humano, así lo requieran para su propia estabilidad emocional y para su atención, en su caso, y Elaborar los diagnósticos y presentar las propuestas de retroalimentación que se estimen necesarias. Por lo que corresponde a evaluar la calidad del desempeño de los mediadores privados se estará a lo establecido por las Reglas.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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