- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Director General falte, lo va a reemplazar el Director de Mediación o Facilitación que le toque, siguiendo el orden que dice el artículo 4 de este Reglamento. Es como tener una lista de quién sigue, para que nunca se quede el puesto vacío.
Texto oficial
Artículo 12. El Director General será suplido en sus ausencias por el Director de Mediación o Facilitación que corresponda, en el orden en el que aparecen en el artículo 4 de este Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.