- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un Director de Mediación o Facilitación no pueda trabajar por algún motivo, el Subdirector que está en esa misma área lo va a reemplazar temporalmente. Esto aplica para cualquier ausencia, ya sea por vacaciones, enfermedad o cualquier otra razón. No se necesita ningún trámite especial, solo que el Subdirector del mismo equipo tome el lugar.
Texto oficial
Artículo 13. Los Directores de Mediación o Facilitación serán suplidos en sus ausencias por el Subdirector adscrito al área de que se trate.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.