- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los módulos de mediación son como ventanillas donde puedes resolver conflictos sin ir a juicio. Esos módulos pueden ser manejados por mediadores privados (personas que no trabajan para el gobierno), pero solo si cumplen con lo que pide el Centro de Mediación (la oficina encargada). Para que funcione, tienen que seguir lo que dice la Ley, las Reglas oficiales y otros lineamientos administrativos que apliquen.
Texto oficial
Artículo 18. Los módulos de mediación podrán instalarse para ser atendidos por mediadores privados, con base en los requerimientos del Centro y conforme a lo dispuesto por la Ley, las Reglas y las demás disposiciones administrativas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.