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Ley
Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los módulos de mediación son como ventanillas donde puedes resolver conflictos sin ir a juicio. Esos módulos pueden ser manejados por mediadores privados (personas que no trabajan para el gobierno), pero solo si cumplen con lo que pide el Centro de Mediación (la oficina encargada). Para que funcione, tienen que seguir lo que dice la Ley, las Reglas oficiales y otros lineamientos administrativos que apliquen.

Texto oficial

Artículo 18. Los módulos de mediación podrán instalarse para ser atendidos por mediadores privados, con base en los requerimientos del Centro y conforme a lo dispuesto por la Ley, las Reglas y las demás disposiciones administrativas aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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