- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando mandes tu solicitud al Centro, la Dirección de Mediación Privada va a revisar si cumples con todos los requisitos que pide el artículo anterior. Si todo está en orden, el Centro te dará una autorización que será válida por tres años. Esto significa que durante ese tiempo puedes hacer lo que la autorización permite, pero después tendrás que renovarla si quieres seguir.
Texto oficial
Artículo 27. Una vez recibida la solicitud en el Centro, la Dirección de Mediación Privada y de Registro de Mediadores y Convenios verificará que se reúnan los requisitos señalados en el artículo anterior y, en su caso, el Centro resolverá respecto de la autorización, la que tendrá una vigencia de tres años.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.