- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes que llegar a tiempo a las citas que te pongan, y si por algo no puedes ir, debes avisarle al centro lo más pronto posible. También es tu responsabilidad estar al tanto de cómo va el proceso de mediación. Básicamente, no puedes quedarte con la duda; tú debes enterarte de los cambios o avances.
Texto oficial
Artículo 44. Corresponde a los interesados acudir puntualmente a las sesiones programadas y, de ser necesario, comunicar oportunamente al Centro sobre la imposibilidad de acudir, y mantenerse informados del curso que el procedimiento de la mediación tome.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.