- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 57
Artículo 57 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La mediación civil o mercantil sirve para resolver o evitar problemas entre personas comunes o empresas, siempre que sean asuntos privados. No aplica para cosas de familia, ni para derechos que no puedas negociar por tu cuenta. Tampoco sirve si el conflicto va contra la ley o afecta a otras personas que no están involucradas.
Texto oficial
Artículo 57. El procedimiento de mediación civil o mercantil tendrá por objeto solucionar o prevenir conflictos que provengan de relaciones de naturaleza civil o mercantil entre particulares, ya sean personas físicas o morales, en tanto no involucren cuestiones de derecho familiar, se trate de derechos disponibles, que no transgredan el orden público, ni afecten derechos de terceros.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.