- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 59
Artículo 59 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no se cumple lo acordado en la mediación, puedes pedirle al juez civil que lo haga cumplir a la fuerza. Esto se hace mediante un proceso rápido llamado "vía de apremio", que son los pasos legales para obligar a la otra persona a obedecer el convenio.
Texto oficial
Artículo 59. El cumplimiento forzoso del convenio deberá solicitarse ante el juez civil por la vía de apremio correspondiente. Sección Tercera Del Procedimiento de Mediación Familiar
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.