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Ley
Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
7

Artículo 7 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección de Mediación Privada es la oficina que lleva el control de todos los mediadores (personas que ayudan a resolver conflictos sin ir a juicio) y sus acuerdos. Se encarga de mantener un registro actualizado, supervisar que los mediadores trabajen bien y recibir los pagos que correspondan. También apoya en la organización de cursos y exámenes para nuevos mediadores, y guarda copias de los convenios (documentos con los acuerdos entre las partes). Además, revisa si algún mediador comete una falta y puede preparar reportes para que se tomen medidas.

Texto oficial

Artículo 7. La Dirección de Mediación Privada y de Registro de Mediadores y Convenios tendrá a su cargo el padrón, registro, monitoreo, supervisión y verificación de mediadores con las siguientes atribuciones: Administrar los Padrones, Registros y autorizaciones previstas por este Reglamento y las Reglas; Mantener comunicación permanente con los mediadores privados para actualización de información, datos y seguimiento; Registrar y recibir los comprobantes de pago por concepto de cuotas de recuperación, derechos u otros conceptos, que corresponda aplicar al Centro y reportar mensualmente los ingresos a la Dirección Ejecutiva de Recursos Financieros, conforme a los lineamientos aplicables; Apoyar a la Dirección General en la elaboración de propuestas al Consejo de convocatorias para la celebración de concursos de selección de mediadores y facilitadores públicos adscritos al Centro y para cursos de capacitación para la certificación y renovación de certificación de mediadores privados; Coordinar y ejercer las funciones de verificación, supervisión y monitoreo a los mediadores privados, módulos de mediación privada y en su caso preparar los informes que deban presentarse al Comité respecto de las posibles infracciones a la Ley, el Reglamento o las Reglas, remitiendo la documentación correspondiente; Proporcionar a los secretarios actuarios, en funciones de mediador público, sin costo alguno, los formatos autorizados que soliciten para la elaboración del escrito de autonomía, el convenio de confidencialidad y demás documentación relativa a las mediaciones que les corresponda realizar; así mismo, recibir la comunicación por escrito de las mediaciones realizadas por dichos servidores públicos y registrar los convenios respectivos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, sin costo alguno para dichos servidores públicos; Fungir como enlace en la administración y desarrollo de cursos entre el Centro y el Instituto; Apoyar a la Dirección General en las tareas correspondientes a las secretarías del Comité y del Consejo Consultivo; Expedir copias certificadas de los convenios de mediación y, en su caso, de los documentos relacionados con los mismos que estuvieren archivados en el Centro en términos de Ley, sea que obren en papel o de manera digital; Supervisar la operación de la Unidad de Inscripción y Archivo de Convenios de Mediación, y Las demás que le encomiende el Director General así como las que le correspondan de conformidad a los manuales del Centro y los Lineamientos.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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