- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Inscripción y Archivo de Convenios de Mediación depende de la Dirección de Mediación Privada y se encarga de guardar todos los acuerdos de mediación. Su trabajo incluye recibir los convenios de mediación privada y los que hacen los secretarios actuarios (que son los asistentes de los jueces), registrarlos en el SIRECO (un sistema electrónico), y cuidar que estén seguros. También debe custodiar los discos con los convenios digitalizados que entreguen los mediadores privados. Si tú o una autoridad piden una copia de algún documento, la Unidad puede tramitarla y expedirla para que la firme un director. Además, revisa que los convenios cumplan con todos los requisitos de la ley y recibe los sellos de los mediadores que ya no trabajen, para inutilizarlos. Por último, es la encargada del sistema de datos personales de las solicitudes de mediación, a menos que el Consejo decida que otra persona lo haga.
Texto oficial
Artículo 9. La Unidad de Inscripción y Archivo de Convenios de Mediación estará adscrita a la Dirección de Mediación Privada y de Registro de Mediadores y Convenios, tendrá a su cargo el acervo de convenios de mediación, y tendrá las siguientes atribuciones: Recibir los convenios de mediación privada y de secretarios actuarios, así como registrarlos en el SIRECO; Custodiar y, en su caso, respaldar los convenios de mediación privada y de secretarios actuarios registrados y su documentación anexa, remitiéndolos al archivo judicial en los términos de las disposiciones legales aplicables de la materia; Custodiar el acervo de discos ópticos que contengan los convenios de mediación privada registrados y digitalizados que presenten los mediadores privados; Tramitar, expedir y reproducir a solicitud de parte interesada o autoridad competente, los documentos y convenios que obren en los acervos para la certificación de los mismos por parte del Director General o Director o Subdirector de Mediación o Facilitación que corresponda; Revisar que los convenios, libros y archivos de mediación que presenten los mediadores privados y los secretarios actuarios cumplan con todos y cada uno de los requisitos previstos en la Ley, el Reglamento y las Reglas; Recibir en custodia los sellos de los mediadores privados que dejen de ejercer por cualquier causa, así como inutilizar los sellos cuando corresponda; Recibir, en su caso, las inspecciones judiciales en términos de las disposiciones legales aplicables; Fungir como responsable del sistema de datos personales denominado Solicitud del Servicio de Mediación, a excepción de que el Consejo acuerde que esta función recaiga en un servidor público distinto, y Las demás que le encomiende el Director General así como las que le correspondan de conformidad a los manuales del Centro y los Lineamientos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.