- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 97
Artículo 97 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo necesita decidir si un mediador sigue en su puesto o no. Para eso, el Centro debe mandarle el expediente del mediador dos meses antes de que cumpla tres años trabajando. El expediente es un archivo con todos sus datos y documentos importantes. Así el Consejo tiene tiempo para revisarlo antes de tomar una decisión.
Texto oficial
Artículo 97. Para que el Consejo se pronuncie respecto de la ratificación del cargo de mediador, el Centro remitirá el expediente que integre de cada mediador con dos meses de anticipación a la fecha en que éste cumpla tres años en el ejercicio del cargo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.