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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un acuerdo de la Presidencia Conjunta sea válido, los secretarios que participan tienen que firmarlo. Sin esas firmas, el acuerdo no tiene valor legal. Es como cuando firmas un contrato: sin la firma de los involucrados, no cuenta. Por eso, la ley exige que los secretarios pongan su rúbrica en el documento. Así se asegura que el acuerdo es oficial y puede aplicarse.

Texto oficial

Artículo 14.- Los acuerdos de la Presidencia Conjunta para su validez legal deberán contar con la suscripción de los Secretarios correspondientes.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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