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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
23

Artículo 23 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Técnico hace unos documentos llamados dictámenes, que son como opiniones o resultados sobre algún asunto. Esos documentos se deben entregar rápido al Secretariado Conjunto, que es un equipo de trabajo. El Secretariado tiene que avisarle a la Presidencia que ya los recibió. Luego, en la primera junta que haya después de esa entrega, los dictámenes se presentan al Pleno (que son todos los miembros) o a la Presidencia de la Comisión Ejecutiva, que es la directiva encargada.

Texto oficial

Artículo 23.- Los dictámenes emitidos por el Consejo Técnico serán presentados al Pleno o a la Presidencia de la Comisión Ejecutiva en la primera reunión inmediata posterior a su entrega, por conducto del Secretariado Conjunto, el cual deberá informar de su recepción a la Presidencia. CAPITULO V DEL SECRETARIADO CONJUNTO

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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