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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no se acordó la siguiente junta durante la sesión anterior, el Secretariado Conjunto tiene que avisarles a todos los miembros con una invitación por lo menos tres días antes de la reunión. Esto es para que todos sepan cuándo y dónde será la junta con tiempo suficiente. Así nadie se queda fuera por no estar enterado.

Texto oficial

Artículo 28.- Para la celebración de las sesiones de trabajo que no fueran convocadas expresamente en la anterior, el Secretariado Conjunto entregará a los integrantes del órgano a sesionar la invitación correspondiente con una anticipación de cuando menos tres días.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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