- Ley
- Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
- Artículo
- 7
Artículo 7 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana está formada por cuatro partes importantes. La primera es la Presidencia Conjunta, que son las personas que la encabezan. La segunda es el Pleno, que es la reunión donde todos los miembros toman decisiones. La tercera, el Consejo Técnico, es un grupo de expertos que dan su opinión técnica. Y la cuarta, el Secretariado Conjunto, es la oficina que se encarga de hacer el trabajo diario y organizar todo.
Texto oficial
Artículo 7º- En términos del Convenio integran la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana los órganos siguientes: La Presidencia Conjunta El Pleno de la Comisión Ejecutiva. El Consejo Técnico. El Secretariado Conjunto
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.