- Ley
- Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser parte del Consejo, necesitas dos cosas: primero, haber demostrado que te importa hacer actividades que ayuden a los demás, no solo a ti; y segundo, tener ganas de participar en trabajos que beneficien a tu comunidad. En pocas palabras, buscan a alguien que ya sea reconocido por ayudar y que esté listo para seguir haciéndolo como parte del grupo.
Texto oficial
Artículo 13.- Para ser integrante del Consejo se requiere: I. Haber destacado como miembro de la sociedad por su interés en actividades de beneficio general; y II. Estar dispuesto a participar en actividades de servicio en beneficio de la comunidad. CAPÍTULO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.