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Ley
Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo puede hacer acuerdos o convenios con varias autoridades y organizaciones para trabajar en temas de seguridad y justicia. Estas autoridades son: la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia y el Tribunal Superior de Justicia. También puede hacer acuerdos con grupos de la sociedad civil o empresas privadas que tengan que ver con estos temas. El objetivo es coordinar esfuerzos para prevenir delitos, hacer cumplir las leyes y resolver conflictos de manera pacífica. Es como si el Consejo pudiera aliarse con otras instancias para que todo funcione mejor en estos asuntos.

Texto oficial

Artículo 4.- Para llevar a cabo todas aquéllas actividades relacionadas con las materias de seguridad pública; prevención del delito; procuración y administración de justicia y justicia cívica, el Consejo podrá proponer y celebrar Convenios de Colaboración con los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública; Procuraduría General de Justicia; Tribunal Superior de Justicia; así como organizaciones de los sectores social y privado, vinculadas con tales materias.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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