- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como miembro del Consejo, tienes derecho y obligación de ir a todas las juntas, ya sean normales o especiales, y dar tu opinión y tu voto. También debes seguir las reglas internas del Consejo, revisar y votar los asuntos que se presenten, y checar y aprobar el acta de cada reunión. Además, te toca hacer las actividades que el Consejo te encargue, proponer por escrito temas para las juntas con un mes de anticipación, y sugerir quiénes formarán parte de los comités o grupos de trabajo. Por último, participas en hacer los informes y documentos del Consejo, y realizas cualquier otra tarea necesaria para cumplir con tu función.
Texto oficial
Artículo 10.- Los integrantes del Consejo tendrán las siguientes atribuciones y obligaciones: Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordinarias a que sean convocados. Observar y cumplir el Reglamento Interno del Consejo. Revisar, analizar, proponer y, en su caso, votar los asuntos que sean sometidos a consideración del Consejo. Revisar y Aprobar el acta correspondiente a cada sesión. Desarrollar las actividades que les encomiende el Consejo. Enviar por escrito las propuestas de temas a ser incluidos en el orden del día, un mes antes de la celebración de la Sesión correspondiente o presentarlas en la Sesión Ordinaria previa. Proponer la integración de los Comités y/o Grupos de Trabajo, así como a sus responsables. Participar en la elaboración de los informes y documentos que genere el Consejo. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones. Capítulo VII De los Comités y/o Grupos de Trabajo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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