Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-consejo-prevencion-atencion-integral-vihsida-distrito/18
Ley
Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada vez que se realiza una junta, se debe hacer un documento llamado "acta", donde se escribe todo lo que pasó. Todos los que participaron deben leerlo y estar de acuerdo con lo que dice. En el acta se anotan: el lugar y la fecha, quiénes asistieron, los temas que se trataron en el orden que se acordó, los acuerdos que se tomaron y quién los va a cumplir, la hora en que empezó y terminó la junta, y si hubo invitados, sus nombres.

Texto oficial

Artículo 18.- Por cada sesión celebrada se levantará un acta que será revisada y aprobada por todos los integrantes, la cual contendrá los datos siguientes: Lugar y fecha. Lista de asistencia. Asuntos, de acuerdo al orden del día y los Asuntos Generales, Acuerdos tomados y quiénes los ejecutarán. Hora de inicio y término de las sesiones. En su caso, el nombre de los invitados.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.