- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo puede invitar a personas expertas en ciencia, medicina, educación o temas sociales y empresariales, que tengan mucha experiencia, para que vayan a las reuniones como Invitados Especiales. Estas personas pueden opinar y dar su punto de vista durante la plática, pero no pueden votar ni tomar decisiones. Solo entran cuando se va a hablar de algún tema que tenga que ver con su trabajo o sus actividades. Es como pedirle consejo a un especialista, pero sin que él decida nada.
Texto oficial
Artículo 4.- El Consejo podrá convocar a personalidades del ámbito científico, médico, académico, social, público o privado de reconocida trayectoria profesional, para que asistan a las sesiones en calidad de Invitados Especiales, con voz pero sin voto, en las que se trate algún tema específico, relacionado a sus actividades profesionales, docentes o sociales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.