- Ley
- Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo se encarga de proponer y revisar las políticas para prevenir y atender el VIH/SIDA y otras infecciones de transmisión sexual, siempre basándose en evidencia científica. También funciona como un grupo de consulta permanente al que pueden acudir para pedir consejo sobre programas y estrategias relacionadas con estos temas. Además, sirve para coordinar el trabajo entre el gobierno y la sociedad civil en la prevención y atención de estas enfermedades. Promueve actividades educativas, de investigación y de difusión, y puede recomendar cambios a las leyes locales o sugerir la firma de acuerdos con otras instituciones. Por último, el Consejo tiene la facultad de crear sus propias reglas internas, aprobar manuales de trabajo y definir su calendario de reuniones.
Texto oficial
Artículo 5.- Para el cumplimiento de su objetivo, el Consejo tendrá las siguientes funciones: Proponer y evaluar políticas de prevención y atención integral relacionadas con el VIH/SIDA y otras ITS, basadas en evidencia científica; Funcionar como un organismo de consulta permanente en materia de las estrategias y programas encaminados hacia la prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; Desempeñarse como un ámbito de coordinación de los sectores público y social, en materia de prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; Promover la realización de actividades educativas, de investigación y de difusión para la prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; Recomendar a las autoridades locales a través de las instancias pertinentes, modificaciones a las disposiciones jurídicas vigentes vinculadas con la prevención y la atención integral del VIH/SIDA y otras ITS; Sugerir la firma de acuerdos, convenios, bases de colaboración o los instrumentos jurídicos que se requieran para la prevención y atención integral del VIH/SIDA y otras ITS, con instituciones Dependencias y organismos de los sectores público y social, así como con otras entidades de la Federación; Expedir su reglamento interno; Conocer y sancionar el calendario de sesiones del Consejo Aprobar los Manuales de Organización y Funcionamiento de los Comités y/o Grupos de Trabajo que se hayan creado. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones anteriores. Capítulo III De la suplencia de los Integrantes del Consejo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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