- Ley
- Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento Interno del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección de fomento y concertación de acciones tiene la obligación de invitar a la sociedad a participar en la creación y revisión de las políticas públicas para que haya igualdad entre hombres y mujeres. También debe promover que se hagan estudios y métodos sobre género, trabajando con escuelas, empresas y el gobierno. Esta dirección tiene que hacer acuerdos con otras instituciones para apoyar proyectos que ayuden a las mujeres. Además, debe asesorar y capacitar a otras dependencias del gobierno y del sector privado en temas de igualdad de oportunidades. Por último, tiene que crear proyectos especiales para mujeres muy vulnerables y ayudar a que los servidores públicos aprendan a diseñar y evaluar planes con enfoque de igualdad.
Texto oficial
Artículo 24. Las funciones y obligaciones de la Dirección de fomento y concertación de acciones son las siguientes: I. Propiciar la participación de los actores de la sociedad en el diseño, formulación y evaluación de las políticas públicas para alcanzar la equidad de género entre hombres y mujeres; II. Promover la elaboración de metodologías, indicadores y estudios de género en colaboración con instituciones públicas, privadas y académicas de reconocido prestigio; III. Promover el establecimiento de acuerdos de colaboración con organismos públicos y/o privados para el desarrollo de proyectos que beneficien a las mujeres; IV. Actuar como órgano de consulta, asesoría, capacitación y formación de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública y de los sectores social y privado, en materia de equidad e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; V. Desarrollar proyectos especiales dirigidos a mujeres en situación de alta vulnerabilidad social, entre distintas instituciones gubernamentales y civiles; VI. Elaborar y operar una propuesta metodológica y formativa para incidir en las Dependencias del Gobierno, a fin de generar, potenciar y desarrollar capacidades, habilidades, conductas y actitudes en las y los servidores responsables de diseñar, ejecutar y en su caso evaluar planes, programas, proyectos y acciones de política pública; VII. Cubrir las tareas derivadas de los Programas de Coinversión para el Desarrollo Social y de Financiamiento para Instituciones y Organizaciones dedicadas a la asistencia e integración social que en el marco de la corresponsabilidad y promoción de la participación ciudadana coadyuven a abatir la desigualdad, eliminar la exclusión y discriminación, promoviendo el reconocimiento y respeto a la diversidad, que le remita la Dirección General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.