- Ley
- Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretario Técnico es como el asistente principal de la Junta de Gobierno. Sus labores son preparar la lista de temas a tratar en cada reunión, mandar las invitaciones y los documentos a tiempo para que todos los miembros los revisen, y verificar quién asiste y si hay suficientes personas para que la reunión sea válida. También participa en las juntas, pero solo opina, no vota, y se encarga de anotar los acuerdos y redactar las actas (el documento oficial de lo que se decidió). Además, cuida que los grupos de trabajo avancen, guarda todos los papeles importantes y saca copias certificadas cuando alguien las necesita.
Texto oficial
Artículo 11. Corresponde al Secretario Técnico: Elaborar el proyecto de orden del día de cada sesión, considerando los asuntos que a propuesta de sus miembros o de la Dirección General de la Escuela, del Comisario Público y el Contralor, deban incluirse. Convocar, por sí o a solicitud del Presidente de la Junta de Gobierno o de la mitad más uno de sus miembros, a las sesiones de la Junta de Gobierno. Entregar oportunamente a los miembros de la Junta de Gobierno y al Comisario Público las convocatorias a las sesiones, junto con el orden del día y la documentación correspondiente para su conocimiento y estudio. Registrar la asistencia de cada sesión. Verificar la existencia del quórum legal. Participar en las sesiones de la Junta de Gobierno con voz, pero sin voto, desahogando el orden del día correspondiente. Registrar los acuerdos de la Junta de Gobierno, informando en las sesiones ordinarias posteriores el seguimiento a las mismas. Elaborar las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno, y una vez aprobadas por la misma, firmarlas conjuntamente con el Presidente y los demás miembros. Dar seguimiento a los trabajos y acciones de los grupos de trabajo. Proporcionar el apoyo administrativo que requiera la Junta de Gobierno. Realizar las acciones necesarias para integrar y resguardar el archivo documental de la Junta de Gobierno. Expedir copia certificada de los documentos generados por la Junta de Gobierno y que obren en sus archivos. Las demás que le confiera la Ley, el Estatuto o le instruya la Junta de Gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.