Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-oficina-informacion-publica-caja-prevision-policia/41
Ley
Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
41

Artículo 41 del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas de la Caja tienen hasta diez días hábiles para contestarte cuando pidas ejercer tus derechos ARCO (acceder, rectificar, cancelar u oponerte al uso de tus datos personales). El plazo empieza a contar desde el momento en que reciben tu solicitud. Su respuesta debe explicarte las razones legales por las que deciden algo, no pueden darte una negativa sin fundamento.

Texto oficial

ARTÍCULO 41.- Las unidades administrativas de la Caja darán respuesta a las solicitudes de derecho ARCO en un máximo de diez días hábiles contados a partir de la recepción de la misma. La respuesta deberá estar debidamente motivada y fundada. PREVENCIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.