- Ley
- Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 43
Artículo 43 del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un organismo público acepta tu petición para corregir o borrar tus datos personales, te avisará que tu solicitud fue aprobada. A partir de ese aviso, tú o tu representante legal (alguien que tenga permiso para actuar por ti) tienen 10 días hábiles (sin contar fines de semana ni días festivos) para comprobar su identidad de forma segura ante la Oficina de Protección de Datos. Una vez que lo hagan, el organismo aplicará el cambio o eliminación de tus datos.
Texto oficial
ARTÍCULO 43.- En caso de que el ente público determine que es procedente la rectificación o cancelación de los datos personales, deberá notificar al interesado la procedencia de su petición, para que, dentro de los diez días hábiles siguientes, el interesado o su representante legal acrediten fehacientemente su identidad ante la OIP y se proceda a la rectificación o cancelación de los datos personales. AMPLIACIÓN DE PLAZO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.