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Ley
Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
53

Artículo 53 del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada tres meses, la OIP (que es la oficina encargada de la transparencia) le pide por escrito a todas las áreas del gobierno que manejan información pública que la pongan al día. Esto significa que las dependencias tienen que actualizar los datos que deben publicar por ley, como sueldos, contratos o gastos. La solicitud se hace al terminar cada trimestre del año, o sea, en marzo, junio, septiembre y diciembre. Así se aseguran de que la información esté siempre fresca y accesible para ti.

Texto oficial

ARTÍCULO 53.- La OIP solicitará por escrito a todas las unidades administrativas responsables de generar y administrar información pública de oficio, la actualización correspondiente al término de cada trimestre del año.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.