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Ley
Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
70

Artículo 70 del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que se le avise oficialmente a la persona sobre la decisión, la OIP tiene máximo 5 días hábiles (de lunes a viernes, sin contar festivos) para decirle al INFODF que ya cumplió con lo que le ordenaron. Eso sí, el conteo de esos 5 días empieza desde el momento en que se hizo el aviso.

Texto oficial

ARTÍCULO 70.- Una vez realizada la notificación en cumplimiento a la resolución, la OIP informará al INFODF del cumplimiento de la resolución en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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