- Ley
- Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité de Atención es un grupo de personas de distintas dependencias del gobierno que trabajan juntos para ayudar en ciertos casos. Este comité está formado por varias secretarías, como las de Desarrollo Social, Salud, Trabajo, Educación y Vivienda, además de otras oficinas como la Procuraduría y el Sistema de Transporte Colectivo. También lo integran el INMUJERES (que atiende a las mujeres) y el DIF (que apoya a las familias). Si se necesita ayuda de otras áreas o personas, el coordinador del comité puede invitarlas cuando sea necesario.
Texto oficial
Artículo 17. El Comité de Atención estará integrado por: I. Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Igualdad; II. Secretaría de Salud; III. Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; IV. Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; V. Secretaría de Educación; VI. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; VII. Procuraduría; VIII. Los Órganos Político Administrativos; IX. El INMUJERESDF; X. Sistema de Transporte Colectivo; XI. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Distrito Federal; XII. Instituto de Vivienda del Distrito Federal; XIII. Las demás dependencias, delegaciones, entidades, instituciones o personas que se consideren necesarias y a invitación de su Coordinador;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.