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Ley
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se juzgue necesario, los Comités van a invitar a las sesiones al Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, a expertos, a grupos ciudadanos y a gente de otras instituciones públicas. Esto se hace para que opinen o aporten su experiencia. Es como cuando pides ayuda a alguien que sabe más del tema para tomar mejores decisiones.

Texto oficial

Artículo 19. En los casos que se considere necesario, se invitará a las sesiones de los Comités al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a organismos especializados u organismos de la sociedad civil así como representantes de otras instituciones públicas.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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