- Ley
- Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se juzgue necesario, los Comités van a invitar a las sesiones al Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, a expertos, a grupos ciudadanos y a gente de otras instituciones públicas. Esto se hace para que opinen o aporten su experiencia. Es como cuando pides ayuda a alguien que sabe más del tema para tomar mejores decisiones.
Texto oficial
Artículo 19. En los casos que se considere necesario, se invitará a las sesiones de los Comités al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a organismos especializados u organismos de la sociedad civil así como representantes de otras instituciones públicas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.