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Ley
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de las Mujeres y la Dirección de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de México son los encargados de poner las reglas para todas las campañas publicitarias que se hagan en la capital. Esas reglas deben servir para que los anuncios cumplan con lo que marca esta ley, que es promover la igualdad y eliminar la violencia contra las mujeres. En otras palabras, ninguna propaganda en la ciudad puede andar promoviendo ideas machistas o que discriminen a las mujeres. Si una empresa o institución quiere hacer publicidad, tendrá que seguir esos lineamientos para que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 28. El INMUJERESDF y la Dirección General de Comunicación Social del Gobierno del Distrito Federal, emitirán los lineamientos de toda campaña publicitaria que se realice en el Distrito Federal, para cumplir con los objetivos de la ley.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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