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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Artículo
124

Artículo 124 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tengas un edificio funcionando, debes entregar un informe de sustentabilidad en un plazo máximo de 90 días hábiles. Ese plazo empieza a contar desde el momento en que te notifiquen que tu registro en el PCES ya está aprobado. Los días hábiles son los que no cuentan sábados, domingos ni días festivos. Así que, una vez que recibas esa notificación, ya sabes cuánto tiempo tienes para preparar y presentar tu informe.

Texto oficial

Artículo 124.- Para las Edificaciones en la Etapa de Operación la presentación del Informe de Sustentabilidad, deberá realizarse dentro de un término no mayor a noventa días hábiles posteriores a la notificación del registro al PCES.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.