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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Artículo
129

Artículo 129 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que se terminen las visitas para revisar tu información, si la DGEIRA (que es la autoridad encargada) encuentra que tu Informe de Sustentabilidad no cumple con lo que dice la ley, o descubre fallas, áreas que mejorar o que no seguiste las reglas, te va a pedir que arregles todo. Te va a dar un plazo de 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para que corrijas los errores, y ese plazo no se puede prorrogar. Si no hay fallas o ya las corregiste, la DGEIRA tiene máximo 20 días hábiles para decidir si aprueba tu informe y te da la certificación.

Texto oficial

Artículo 129.- Si una vez concluidas las Visitas de Constatación de Información, la DGEIRA determina que el Informe de Sustentabilidad no cumple con los requisitos que se señalan en el presente ordenamiento, o bien fueron detectados incumplimientos al marco legal aplicable, deficiencias operativas u oportunidades de mejora durante las Visitas de Constatación de Información, formulará observaciones o modificaciones de conformidad con el marco jurídico aplicable y los criterios del PCES, y requerirá a la Promovente para que en un término improrrogable de veinte días hábiles contados a partir del día hábil siguiente en que surta efectos la notificación de dicho requerimiento, subsane las inconsistencias correspondientes. De no existir observaciones o una vez subsanadas, la DGEIRA resolverá sobre la aprobación del Informe de Sustentabilidad y su correspondiente certificación en un plazo no mayor a veinte días hábiles.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.