- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 133
Artículo 133 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si piensas hacer cambios en el uso o en las instalaciones de un edificio, debes avisarle a la DGEIRA (la dependencia que otorgó el permiso) al menos 10 días hábiles antes de empezar los trabajos. Para eso, tienes que entregar una explicación detallada de lo que vas a modificar y los documentos que demuestren que esos cambios no afectan las condiciones con las que te dieron el certificado. La DGEIRA tiene 15 días hábiles para darte una respuesta; si no lo hace en ese tiempo, se considera que tu solicitud fue rechazada y tu certificado ya no sirve.
Texto oficial
Artículo 133.- En caso de que estén contempladas modificaciones en el uso o en las instalaciones de la Edificación, se deberán hacer del conocimiento a la DGEIRA los cambios que se llevarán a cabo, dentro de los diez días hábiles anteriores a que éstos se realicen; para ello deberá presentar una descripción detallada de las modificaciones a realizar y la Documentación Probatoria correspondiente que permita determinar si las condiciones por las cuales se emitió el certificado se ven afectadas. La DGEIRA resolverá lo conducente, en un plazo no mayor a quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud, en caso de que no se resuelva dentro del plazo señalado, se entenderá que la solicitud fue negada y el Certificado perderá su validez.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.