- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 142
Artículo 142 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando renueves tu Certificado de Edificación Sustentable (un permiso que demuestra que tu construcción es amigable con el medio ambiente), tendrás que fijarte metas para seguir mejorando. Esto es para que mantengas o incluso mejores los resultados que ya lograste en cuidar el planeta con tus acciones ecológicas. En otras palabras, no basta con cumplir una vez, debes mostrar que cada vez haces más por el medio ambiente.
Texto oficial
Artículo 142.- Durante la revalidación del Certificado de Edificación Sustentable la Promovente deberá establecer objetivos de mejora continua que permitan conservar y mejorar los resultados del Desempeño Ambiental y de las Acciones de Sustentabilidad implementadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.