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Ley
Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Artículo
142

Artículo 142 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando renueves tu Certificado de Edificación Sustentable (un permiso que demuestra que tu construcción es amigable con el medio ambiente), tendrás que fijarte metas para seguir mejorando. Esto es para que mantengas o incluso mejores los resultados que ya lograste en cuidar el planeta con tus acciones ecológicas. En otras palabras, no basta con cumplir una vez, debes mostrar que cada vez haces más por el medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 142.- Durante la revalidación del Certificado de Edificación Sustentable la Promovente deberá establecer objetivos de mejora continua que permitan conservar y mejorar los resultados del Desempeño Ambiental y de las Acciones de Sustentabilidad implementadas.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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