- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 151
Artículo 151 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño o tienes a tu cargo un edificio que fue elegido para participar obligatoriamente en el PCES (Programa de Certificación de Edificaciones Sustentables), tienes un plazo máximo de 40 días hábiles para entregar tu solicitud de registro. Ese plazo empieza a contar desde el día hábil siguiente a que recibas la notificación oficial. Si no entregas la solicitud en ese tiempo, la DGEIRA (que es la dependencia encargada) decidirá qué hacer según la ley y le avisará a la autoridad competente para que te inspeccione. Esa autoridad podrá revisar tu edificio y, si encuentra que cometiste una falta, aplicarte las multas o sanciones que correspondan.
Texto oficial
Artículo 151.- Las personas físicas o morales propietarias o poseedoras de edificaciones, seleccionadas para participar de manera obligatoria en el PCES, contarán con un término máximo de cuarenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente en que surta efectos la notificación del oficio para la participación de manera obligatoria al PCES, para llevar a cabo el ingreso de la solicitud de registro a dicho Programa. En caso de no dar cumplimiento en el término señalado, la DGEIRA resolverá lo que conforme a derecho corresponda y procederá a dar vista a la autoridad competente para que en el ámbito de su competencia y en el ejercicio de sus atribuciones realice los actos de inspección y vigilancia que considere pertinentes y en su caso, imponga la sanción o sanciones correspondientes con motivo de las infracciones en las que hubiesen incurrido. SECCIÓN X DE LOS INDICADORES DE CUMPLIMIENTO A LAS ACCIONES DE SUSTENTABILIDAD DEL PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES (PCES)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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