- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a gestionar descuentos o beneficios en impuestos para personas (como tú) o empresas que tengan un certificado vigente que demuestre que cumplen con programas de cuidado del medio ambiente. Estos programas incluyen auditorías ambientales, autorregulación y certificación de edificios sustentables que ya están en uso. Además, deben mejorar su desempeño ambiental y cumplir con todas las leyes que aplican para esto. Si cumples con todo, podrías recibir esos incentivos fiscales.
Texto oficial
Artículo 5.- La Secretaría promoverá el otorgamiento de incentivos fiscales a las personas físicas o morales que cuenten con un certificado vigente, que demuestre el cumplimiento a lo establecido en los Programas de Auditoría Ambiental, Autorregulación y Certificación de Edificaciones Sustentables en la fase de operación, mejoren su Desempeño Ambiental y cumplan con lo establecido en los ordenamientos jurídicos aplicables para tal efecto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.