- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
- Artículo
- 75
Artículo 75 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulacion, Auditorias Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La DGEIRA (una oficina del gobierno que regula lo ambiental) puede quitarle la autorización a las empresas que hacen auditorías ambientales y borrarlas del registro oficial si no cumplen con sus obligaciones. Esto pasa si: no hacen su trabajo a tiempo y completo, no dejan que la Secretaría del Medio Ambiente los supervise, no siguen los acuerdos o reglas del reglamento, dan información falsa, o cometen otras faltas que la DGEIRA considere que van contra la ley. En pocas palabras, si una empresa auditora no hace bien su chamba o miente, el gobierno le puede cancelar el permiso.
Texto oficial
Artículo 75.- La autorización que otorgue la DGEIRA a los prestadores de servicios de auditoría ambiental, podrá ser revocada y será causante de baja dentro del padrón cuando: I.- Incumplan cualquiera de las obligaciones establecidas en el artículo 73 del presente Reglamento; II.- No proporcionen la prestación de sus servicios en forma oportuna y completa; III.-. Impidan y obstaculicen las funciones de supervisión de la Secretaría; IV.- Incumplan con los acuerdos, procedimientos, lineamientos y requisitos administrativos que se establezcan de conformidad con lo previsto en el presente ordenamiento; V.- Presenten información falsa ante la autoridad ambiental correspondiente; y VI.- Cometan otras faltas que a juicio de la DGEIRA violenten los principios establecidos en la Ley y el presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.