- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso para abrir y manejar un centro de verificación vehicular es solo para la persona que lo obtiene y no se puede prestar ni vender a nadie más. Ese permiso dura al menos dos años, pero cada año el dueño debe pedir una ratificación (como un refrendo) ante la Secretaría, siguiendo lo que dice el Manual de Operación. Además, si el dueño quiere seguir operando después de que termine el permiso, debe pedir una revalidación (una renovación) 60 días antes de que se acabe, y esa renovación también será por al menos dos años. El centro no puede funcionar si no tiene su permiso vigente, ratificado o revalidado por la Secretaría. Para decidir si dan la ratificación o la revalidación, la Secretaría puede tomar en cuenta cosas como los resultados de las inspecciones, si pagaron a tiempo sus multas y obligaciones, y si cumplieron con las condiciones del permiso original.
Texto oficial
Artículo 20.- Las autorizaciones para el establecimiento y operación de un Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares son personales e intransferibles y tendrán una vigencia no menor a dos años. Los titulares de las autorizaciones para el establecimiento y operación de Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares deberán tramitar anualmente ante la Secretaría la ratificación de dicha autorización, conforme a los requisitos y lineamientos establecidos para tal efecto en el Manual de Operación. Asimismo, sesenta días naturales antes del término de su vigencia, los titulares de las autorizaciones para el establecimiento y operación de Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares que deseen continuar operando el Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares respectivo, deberán tramitar ante la Secretaría la revalidación de dicha autorización conforme a los requisitos y lineamientos establecidos para tal efecto en el Manual de Operación. La revalidación a que se refiere este párrafo tendrá una vigencia no menor a dos años. Los Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares no podrán operar sin autorización vigente, ratificada y en su caso revalidada por la Secretaría, de acuerdo al periodo correspondiente. Dichas autorizaciones, ratificaciones y revalidaciones, se sujetarán a lo dispuesto por la Ley, el presente Reglamento, el Manual de Operación y demás disposiciones aplicables en la materia. Sin perjuicio de lo anterior, para el otorgamiento de las ratificaciones y en su caso las revalidaciones, la Secretaría podrá valorar de manera enunciativa más no limitativa, lo siguiente: I. Resultados de la vigilancia y supervisión de la Secretaría, respecto del cumplimiento de las obligaciones de los Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares previstas en la Ley, el presente Reglamento, el Manual de Operación y demás disposiciones aplicables a la materia; II. Resultados de la evaluación del microanálisis; III. Ponderaciones, estadísticas y análisis de información resultado de la vigilancia, inspección y supervisión de la Secretaría por conducto de la DGIVA competente, sobre la operación y funcionamiento de los Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares; IV. El pago en tiempo y forma, de aportaciones, fianzas, multas, y demás obligaciones dentro de los términos y condiciones previstos para tal efecto en la Ley, el presente Reglamento, el Manual de Operación y las demás disposiciones jurídicas aplicables; y V. En su caso, el reporte de cumplimiento de términos y condicionantes establecidas en la autorización para el establecimiento y operación del centro de verificación de emisiones vehiculares correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.