- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
- Artículo
- 49
Artículo 49 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si andas en tu coche y te paran por no traer los papeles que comprueban que pasaste la verificación vehicular, te van a multar. Esa multa puede ser de entre 20 y 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia oficial para calcular pagos. En vez de una cantidad fija, te cobran según la UMA vigente, así que el monto puede variar cada año. Lleva siempre la constancia de verificación y otros documentos que pidan, para evitar que te pongan esta multa.
Texto oficial
Artículo 49.- La multa por no portar cualquiera de los documentos que integran la constancia de verificación de emisiones o cualquier otro documento que se requiera para acreditar la aprobación de la verificación vehicular, será de 20 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.