- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
- Artículo
- 50
Artículo 50 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Verificación Vehicular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si manejas tu coche en un día u horario en que no está permitido circular, según las reglas de tránsito o algún programa como el Hoy No Circula, te van a multar. La multa puede costar entre 20 y 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es un valor que se usa para calcular multas y que cambia cada año). Eso significa que, en lugar de una cantidad fija, el monto varía dependiendo del valor actual de la UMA y lo grave que sea la falta.
Texto oficial
Artículo 50.- La multa por circular con vehículos automotores en un día y en horario restringido a la circulación conforme a lo dispuesto en la Ley, en este Reglamento, en acuerdos, programas o cualquier otra disposición jurídica aplicable, será de 20 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización. TÍTULO QUINTO DE LA DENUNCIA Y RECURSO DE INCONFORMIDAD
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