- Ley
- Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 28
Artículo 28 del Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te hagan una revisión o inspección (como de tu negocio o casa), la autoridad debe llenar un reporte escrito con todos los detalles. Ahí tiene que poner tu nombre o el de tu empresa, la hora exacta de inicio y fin, la dirección completa (incluyendo colonia, alcaldía y hasta coordenadas). También debe anotar quién fue el encargado de la visita, qué documento autorizó la inspección, los testigos que estuvieron presentes y si tú, como visitado, quieres declarar algo. Al final, todos deben firmar; pero si tú te niegas a firmar, no invalida el reporte, solo se anota que no quisiste hacerlo.
Texto oficial
Artículo 28.- De toda visita o acto de inspección, se levantará acta correspondiente, en la que se hará constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubieren presentado durante la diligencia, la cual debe contener lo siguiente: I. Nombre, denominación o razón social del visitado; II. Hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la diligencia; III. Calle, número, población o colonia u otra forma de ubicación o identificación (coordenadas del centroide o poligonales), teléfono u otra forma de comunicación disponible, alcaldía y de ser posible código postal en que se encuentre ubicado el lugar en que se practique la diligencia; IV. Número y fecha del oficio de comisión que la motivó; V. Nombre y cargo de la persona con quien se atiende la diligencia; VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos; VII. Datos relativos a la actuación, de conformidad con el objeto y alcance de la orden suscrita; VIII. Declaración del visitado sí quiere hacerla; y IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia incluyendo los de quien o quienes la hubieran llevado a cabo. Sí se negará a firmar el visitado o su representante legal, ello no afectará la validez del acto, debiendo el inspector asentar la razón relativa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.