- Ley
- Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a dar cursos constantes a doctores, enfermeras y todo el personal que atiende casos de violencia familiar en sus hospitales para adultos, mujeres embarazadas, madres y niños. El objetivo es que sepan cómo detectar, entender y apoyar mejor a las personas que sufren violencia en casa. Así, nadie que llegue a pedir ayuda va a recibir un mal trato o que le hagan menos su problema. Esos cursos van a ser obligatorios y seguidos, no nomás una vez.
Texto oficial
Artículo 19.- La Secretaría llevará a cabo cursos de capacitación permanente para el personal que atienda los casos de violencia intrafamiliar en sus hospitales generales, maternoinfantiles y pediátricos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.