Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-asistencia-prevension-violencia-intrafamiliar-distrito-federal/22
Ley
Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (esa dependencia del gobierno) va a pedirles a las autoridades que metan temas sobre violencia intrafamiliar en los programas de estudio, desde la primaria hasta la universidad, tanto en escuelas públicas como privadas. También va a organizar campañas y foros para que la gente se informe, tome conciencia, reciba orientación y se capacite sobre este tema.

Texto oficial

Artículo 22.- La Secretaría promoverá ante las autoridades competentes, la incorporación de temas relacionados con la violencia intrafamiliar en los programas de estudios de las instituciones públicas y privadas de enseñanza, desde el nivel básico hasta el superior. Asimismo, promoverá la realización de campañas y foros informativos de sensibilización, asesoría y capacitación en la materia.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Asistencia y Prevensión de la Violencia Intrafamiliar del Distrito Federal (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.